martes, 7 de abril de 2015

Reforma Código Penal: tu empresa podría desaparecer...


Fuente: blog.ioe.es

El pasado mes de Marzo, el Gobierno español reformó el Código Penal.Todas las empresas disponen hasta el 1 de Julio para adaptarse a los cambios de esta ley. En el caso de que la empresa no se adaptase a estos cambios y uno de sus trabajadores cometiera uno de los delitos tipificados en esta ley, podría ser condenada y disuelta.  

La última regulación referente a propiedad intelectual y delitos informáticos, establece que prácticamente todas las personas jurídicas tienen que establecer modelos de gestión y protocolos para prevenir delitos realizados por trabajadores. Estos modelos deben de contener medidas de vigilancia y control para no incurrir en ellos.

Las empresas que trabajan en la nube también están obligadas a realizar estos cambios, ya que como tal, son una persona jurídica.
Si un empleado de la empresa comete un delito de los tipificados en esta ley, la empresa será sancionada en virtud de los artículos 31 y siguientes del Código Penal.
Los delitos serán imputables a las personas jurídicas según el artículo 1.a y 1.b del artículo 31 cuando “Los delitos cometidos por sus representantes legales o por aquellos que están autoriados para tomar decisiones en su nombre u ostenta facultades de organización y control dentro de la misma“, o por aquellos que estando sometidos a la autoridad de las personas físicas mencionadas “han podido realizar los hechos por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad”.
Sin embargo, en el apartado 2.1 exime a las empresas que hayan adoptado y realizado con eficacia y siempre antes de que se produzca el delito “modelos de organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Por lo tanto, según este artículo, cualquier empresa podrá ser imputada si no ha establecido una serie de protocolos de seguridad que eviten estos delitos.

Estas son las funciones que realiza un Controller Jurídico, en el que su objetivo principal es implementar los procedimientos que aseguren el cumplimiento normativo tanto interno como externo.



Fuente: blog.ioe.es


El experto: Luis Cazorla

Luis Cazorla, profesor de Derecho Mercantil de la Universidad Rey Juan Carlos declaró que un programa de cumplimiento de compliance es el conjunto de procedimientos internos que lleva a cabo una empresa, con el fin de acreditar que se han tomado las medidas necesarias para prevenir o erradicar las consecuencias derivadas de un comportamiento delictivo por parte del personal.
La nueva ley dice que tiene que contar con una serie de elementos básicos como por ejemplo la existencia de un Controller Jurídico, un canal de denuncias, un mapa de riesgos, un código de sanciones, medidas de reparación y sobre todo que esté actualizado y adaptado regularmente al funcionamiento de la empresa.
Al incorporar esta figura en un apartado donde hasta ahora sólo se podían encontrar atenuantes, lo que está haciendo el Código Penal es exonerar a aquellas empresas ante determinadas situaciones de hecho. Pero todas aquellas que no cumplan con este requisito serán responsables de los delitos que cometan sus trabajadores. Y el abanico puede ser muy amplio.
¿Qué pensáis acerca de estos cambios realizados en el Código Penal?
Si eres una empresa, debes de ser rápido e implementar todos los protocolos y medidas de seguridad que se adecúen a tu actividad empresarial. Si deseas formar a alguno de tus trabajadores como experto en Controller Jurídico,podrás bonificarlo.
Independientemente, cualquier persona puede realizar este curso para poder mejorar su currículum y abrirse camino en el mercado laboral, ya que es una figura que las empresas necesitarán a partir de ahora.
Si deseas solicitar más información sobre el curso de EXPERTO EN CONTROLLER JURÍDICO sólo tienes que rellenar el pequeño formulario y nos pondremos en contacto contigo.

Fuente: blog.ioe.es

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