Fuente: blog.ioe.es |
La última regulación referente a propiedad intelectual y
delitos informáticos, establece que prácticamente todas las personas
jurídicas tienen que establecer modelos de gestión y protocolos para prevenir
delitos realizados por trabajadores. Estos modelos deben de contener
medidas de vigilancia y control para no incurrir en ellos.
Las empresas que trabajan en la nube también están obligadas a realizar estos cambios, ya que como tal, son una persona jurídica.
Si un empleado de la empresa comete un delito
de los tipificados en esta ley, la empresa será sancionada en virtud de los
artículos 31 y siguientes del Código Penal.
Los delitos serán imputables a las personas
jurídicas según el artículo 1.a y 1.b del artículo 31 cuando “Los delitos cometidos por sus representantes
legales o por aquellos que están autoriados para tomar decisiones en su nombre
u ostenta facultades de organización y control dentro de la misma“,
o por aquellos que estando sometidos a la autoridad de las personas físicas
mencionadas “han podido realizar los hechos
por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y
control de su actividad”.
Sin embargo, en el apartado 2.1 exime a las
empresas que hayan adoptado y realizado con eficacia y siempre antes de que se
produzca el delito “modelos de organización y
gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir
delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma significativa el riesgo
de su comisión.
Por lo tanto, según este artículo, cualquier empresa podrá ser
imputada si no ha establecido una serie de protocolos de seguridad que eviten
estos delitos.
Estas son las funciones que realiza un Controller Jurídico,
en el que su objetivo principal es implementar los procedimientos que aseguren
el cumplimiento normativo tanto interno como externo.
El experto: Luis Cazorla
Luis Cazorla, profesor de Derecho
Mercantil de la Universidad Rey Juan Carlos declaró que un programa de cumplimiento
de compliance es el conjunto de procedimientos
internos que lleva a cabo una empresa, con el fin de acreditar que se han
tomado las medidas necesarias para prevenir o erradicar las
consecuencias derivadas de un comportamiento delictivo por parte del personal.
La nueva ley dice que tiene que
contar con una serie de elementos básicos como por ejemplo la existencia de un Controller Jurídico, un
canal de denuncias, un mapa de riesgos, un código de sanciones, medidas de
reparación y sobre todo que esté actualizado y adaptado regularmente al
funcionamiento de la empresa.
Al incorporar esta figura en un
apartado donde hasta ahora sólo se podían encontrar atenuantes, lo que está
haciendo el Código Penal es exonerar a aquellas empresas ante determinadas
situaciones de hecho. Pero todas aquellas que no cumplan con este requisito
serán responsables de los delitos que cometan sus trabajadores. Y el abanico
puede ser muy amplio.
¿Qué pensáis acerca de estos
cambios realizados en el Código Penal?
Si eres una empresa, debes de ser
rápido e implementar todos los protocolos y medidas de seguridad que se adecúen
a tu actividad empresarial. Si deseas formar a alguno de tus trabajadores como
experto en Controller Jurídico,podrás bonificarlo.
Independientemente, cualquier
persona puede realizar este curso para poder mejorar su currículum y abrirse
camino en el mercado laboral, ya que es una figura que las empresas necesitarán
a partir de ahora.
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tienes que rellenar el pequeño formulario y nos pondremos en contacto contigo.
Fuente: blog.ioe.es
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